En la Argentina tenemos una legislación espectacular, muchísimas leyes que protegen a las personas con discapacidad. Pero ninguna se cumple", afirma Graciela Muñiz, de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires. "Y el primer violador de esas leyes es el Estado", agrega el ombudsman de la Nación, Eduardo Mondino.
Según la Encuesta sobre Discapacidad del INDEC, el 7,1% de la población sufre alguna discapacidad, lo que implica cerca de 2,7 millones de personas. "Pero la encuesta sólo tomó centros urbanos de más de 5.000 habitantes. En áreas rurales, el porcentaje es mayor, por falta de acceso a la rehabilitación", señala Bea Pellizzari, directora de La Usina. Esto da grandes diferencias con países afines: en el 20,6% de los hogares argentinos vive al menos un discapacitado, mientras que en Chile es el 34,5%.
La Ley 25.504 se refiere al certificado de discapacidad, imprescindible para acceder a los servicios incluidos en ésas y en otras normas. Pero sólo lo ha obtenido el 14,6% de los beneficiarios. A la ley, sin reglamentar, sólo han adherido cinco provincias, por lo que los discapacitados de las 18 restantes tienen que viajar a la Capital para presentarse ante la junta médica del Servicio Nacional de Rehabilitación, que da turnos con seis meses de demora.
La Ley 24.901 establece el sistema integral de prestaciones en rehabilitación. Las obras sociales están obligadas a brindarlas. Quienes no tienen cobertura deberían recibirla a través del Programa Carenciados, con fondos de la llamada "ley del cheque"; pero de las 17 provincias que adhirieron a la 24.901, sólo Santa Fe recibe aportes.
La "ley del cheque", Nº 25.730, destina lo recaudado en multas por cheques rechazados a un fondo para financiar programas y proyectos a favor de las personas con discapacidad, evaluados por un comité coordinado por el presidente de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas (Conadis). La Defensoría del Pueblo de la Nación, que investiga el tema, relevó que de los casi 49 millones de pesos girados a ese fondo en 2005, había unos 40,36 millones para financiar esos proyectos. Sólo se ejecutaron 6,126 millones; más de 34 millones fueron devueltos a fondos generales.
Por el decreto 984/92, la Conadis debería promover la presentación de proyectos, pero en 2005 apenas se presentaron 104, de los que se aprobaron 52. "Los requisitos para acceder a esos fondos son inalcanzables —se queja Pellizzari—. La Conadis reparte el dinero por líneas de programas y no por proyectos, y ninguna línea contempla, por ejemplo, integración laboral ni concientización de la ciudadanía."
La Ley 22.431 establece un cupo mínimo del 4% de empleados con discapacidad en la administración pública nacional, como también en empresas concesionarias de servicios (en la Ciudad es el 5%). "En los últimos relevamientos no se llegaba al 1%", recuerdan en la Defensoría de la Nación, que patrocinó la presentación judicial de un enfermero que, pese a contar con dos sentencias firmes, aún no fue empleado. Peor aún: esa ley, de 1981, no se reglamentó.
La Ley 24.308 da prioridad a ciegos y disminuidos visuales para otorgar concesiones en la instalación de pequeños comercios en las reparticiones públicas. Poder Ciudadano acaba de presentar un amparo contra el Ministerio de Trabajo en representación de Alberto Colman, quien en 2002 recibió el número 695 de una lista de la que se ignoraba el total de aspirantes.
En 2004, cuando Poder Ciudadano pidió información a Trabajo, le dijeron que había 257 aspirantes ciegos, y que se habían otorgado 65 espacios. En julio pasado seguía habiendo 257 aspirantes, y en esos dos años sólo se había otorgado un nuevo espacio. La falta de información "dificulta el control del cumplimiento de la norma", subraya Varina Suleiman, de Poder Ciudadano.
La Ley 24.314 (1994) —a la que adhirió la mayoría de las provincias— y el decreto 914/97 pautan cómo deberían suprimirse las barreras arquitectónicas y en el transporte. Y da un plazo máximo de 3 años para la adecuación de los obstáculos principales. "Basta ver Buenos Aires: pocas rampas y en mal estado, sin accesibilidad en edificios públicos, con sólo 13 semáforos sonoros, de los que funcionan 3", enumera Graciela Muñiz.
Esa ley también obliga a la accesibilidad en todo el transporte público. Un decreto de 1997 pauta el reemplazo gradual de los colectivos por unidades con rampas De haberse cumplido, hoy serían la mitad de los colectivos porteños; pero debido a sucesivas prórrogas de la Secretaría de Transporte, no llegan a la cuarta parte. En los ferrocarriles, según la Defensoría nacional, el cumplimiento es del 5%.
La Ley 25.635 prevé que los transportes terrestres otorguen pasaje gratuito al portador del certificado de discapacidad y, en caso de necesidad, también a su acompañante. El decreto 118/06 de la Secretaría de Transporte fija un cupo de un asiento por micro de larga distancia, lo que contradice a la ley. Las denuncias por incumplimiento son constantes; las sanciones, ninguna.
La Ley Federal de Educación contempla la integración de personas con necesidades especiales. Según la Fundación Par, sólo un tercio de los niños y adolescentes recibe educación dentro del sistema educativo, sea especial o común. De ésos, apenas el 24% va a la escuela común, en calidad de integrados.
Recibido y por favor difundir.
15 mar 2008
DISCAPACIDAD
Publicadas por
Stella Maris Coniglio
a la/s
1:20 p.m.
Etiquetas: discapacidad, utopiasargentinas
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