2 sept 2011

Por una mayor democracia: PADRONES LIMPIOS



Pongo un modelo de un padrón irregular sacado de las elecciones del 2007 (sin los números de documento por lógica privacidad). Supongo que en el transcurso de estos años habrán sido corregidos, pero en el mismo se pueden ver las irregularidad que puede tener un padrón:
Falta de domicilio (si no tiene domicilio cómo sabe dónde vota?)
Falta del tipo de documento (se puede votar con el documento que figura o posterior, si no figura con cuál vota?)
Falta del domicilio y del tipo de documento. Solamente el número de documento y el nombre!!!. De terror. Y si encima le falta la foto (que está permitido)???!!!!
Para mayor información el asterisco indica que es analfabeto.
Zona urbana, zona rural, es el domicilio (sic) de muchos votantes en Argentina. Allacito nomás!!!
La oportunidad: En la publicación de los padronesprovisorios. Estos son dados a los partidos políticos. Éstos tienen la obligación de denunciar los que no cumplan con los requisitos que tiene que tener un padrón.Según el Dir.Nac.Electoral, Alejandro Tullio, en mi presencia habló de "errores estructurales" que tienen los padrones por haberse cargado mal, por no informar adecuadamente las bajas de los muertos, por mal tipeo. Es hora de transparentar los padrones. POR PADRONES LIMPIOS.

Según el CÓDIGO ELECTORAL NACIONAL LEY 19.945:
Art. 17 bis: La Actualización y depuración de los registros es permanente,y tiene por objeto:a) Incluir los datos de los nuevos electores inscritos;b) Asegurar que en la base de datos no exista más de un (1) registro válido para un mismo elector;c) Depurar los registros ya existentes por cambio de domicilio de los electores;d) Actualizar la profesión de los electores;e) Excluir a los electores fallecidos.

Art.22: Fallecimiento de electores
La nómina de electores fallecidos será publicada, por el plazo que determine la Cámara Nac. Electoral, en el sitio de Internet de la Just.Nac.electoral ... diez días antes de cada elección, en acto público y en presencia de un delegado del Registro Nac. de las Personas, se procederá a destruir los documentos cívicos de los electores fallecidos hasta la fecha del cierre del movimiento de altas y bajas contemplado en esta norma.

Art. 25: De los padrones provisorios
Los padrones provisionales de electores contendrán los siguientes datos:
Número y tipo de documento,
apellido y nombre,
domicilio
.
Ordenados por distrito y sección.
Esto no hace a una desestabilización de la democracia, esto hace a MAS DEMOCRACIA. Esto lo estamos pidiendo ANTES.
Para que nunca más haya un padrón como el que les muestro. Para que sepan también por qué muchas veces hablo del tema documentos y padrones. El que ve esto se cura de espanto.

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